El blog de Alquiler Seguro
Archivo: octubre 2011
En relación a los procesos de desahucio por falta de pago, la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal (B.O.E. de 11 de octubre de 2011) incorpora la siguiente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Artículo cuarto Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, queda modificada en los siguientes términos:
Ante la medida adoptada por La Agencia Tributaria reclamando por carta la renta a arrendatarios cuyos caseros son morosos con la Administración, que ha sido publicado por El Mundo.es: ALQUILER SEGURO CONSIDERA QUE ESTA MEDIDA, “INTRODUCE MÁSELEMENTOS DE INSEGURIDAD EN EL MERCADO DEL ALQUILER”
Aunque la legislación actual protege más a los inquilinos en detrimento de los derechos de los propietarios (en caso de mororsidad, daños, vandalismo, etc…), al menos fiscalmente los arrendadores tienen grandes ventajas fiscales para poner su vivienda en el mercado de alquiler.