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5 claves sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos que deberías conocer



Pasado ya un año de la entrada en vigor de la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas, es momento de refrescar y revisar algunas de las nuevas medidas que ya forman parte de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Claves sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos  

  1. Revisión de las rentas

Inquilino y casero pueden actualizar el precio del alquiler en función de índices distintos del IPC. Hasta la entrada en vigor de esta normativa era obligatoria la actualización de las rentas en base a la variación de IPC.

  1. Duración del contrato

 Se reducen los plazos legales de duración del contrato de arrendamiento. Desde junio del año pasado, los contratos tienen una duración máxima de tres años. Una vez agotado este periodo, si ninguna de las partes se manifiesta, se prorrogará automáticamente el contrato de arrendamiento por una anualidad más.

  1. Recuperación de la vivienda

El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento pasados 6 meses, sin tener que esperar al cumplimiento de la anualidad, avisando con 30 días de antelación, salvo que en el contrato se especifique otra cosa.

Por otro lado, el propietario podrá solicitar la recuperación de la vivienda si la necesita como residencia habitual en para él o familiar de primer grado, siempre y cuando se haya cumplido al menos un año de la firma del contrato y lo comunique con un mínimo de 2 meses de antelación.

  1. Enajenación de la vivienda arrendada

En el caso de la venta del inmueble, el contrato de arrendamiento se subroga al comprador  durante los primeros tres años. Para esta condición, es necesario que el contrato esté inscrito en el Registro de la Propiedad.

  1. Alquiler Vacacional

Los alquileres temporales o con fines turísticos quedan excluidos de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Si tienes alguna duda de la Ley de Arrendamiento Urbanos, puedes consultar el artículo: Así queda la ley que regula los arrendamientos urbanos





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