El blog de Alquiler Seguro

Ayudas al alquiler 2022-2025 en la Comunidad de Madrid



El pasado mes de septiembre, la Comunidad de Madrid puso en marcha el Plan Estatal de Vivienda 2022 – 2025, aprobado el 18 de enero en el Consejo de Ministros por Real Decreto 42/2022. De modo que si estás pensando en alquilar una vivienda o si ya eres inquilino te interesará conocer este paquete de medidas, que establece una serie de ayudas para que personas con derterminados recursos económicos puedan hacer frente al pago del alquiler. En este post te lo contamos todo.

BONO JOVEN

Estas subvenciones tienen una inversión de 31,8 millones de euros en la Comunidad de Madrid y van dirigidas a personas entre 18 y 35 años con rentas no superiores a 24.318,84 euros que arrienden un inmueble o una habitación.

La ayuda constará de 250 euros mensuales por solicitante durante dos años (el bono se aplicará a cada joven y no a cada vivienda), pero nunca esa cuantía debe superar lo que el inquilino paga por el alquiler.

En caso de que la solicitud sea cursada con éxito tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022. En total, se trata de un máximo de 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades.

Aunque en un principio se estableció que el precio del piso objeto de la ayuda debía ser igual o inferior a 600 euros, el Gobierno Regional a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura ha ampliado en 29 municipios estos límites, fijándolo en 900 euros al mes. En el caso del alquiler de habitaciones, esta modificación ha supuesto mover el margen de 300 a 450 euros al mes.

Las localidades beneficiadas son: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.

Cómo solicitarlo

Este Bono se gestiona mediante las Comunidades Autónomas por lo que, en el caso que nos ocupa, podrás hacerlo mediante la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o de manera presencial en las oficinas en materia de vivienda de la Comunidad de Madrid.

En cuanto a la documentación necesaria, además del modelo oficial de solicitud deberás presentar:

  • Copia del contrato de arrendamiento.
  • Volante de empadronamiento de todas las personas que conviven en el domicilio.
  • Justificante de los ingresos de la unidad familiar.
  • Justificante de los pagos de las mensualidades de la renta.

Por otra parte, a nivel autonómico el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ha implementado el Plan de Alquiler con Opción a Compra y el Plan Rejuvenece y la deducción del 30% en el IRPF.

PLAN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA

El Plan de Alquiler con Opción a Compra pretende promover la emancipación de los jóvenes entre 18 y 35 años. Se trata de posibilitar que este grupo de edad se beneficie de un alquiler asequible (no superior a 600 euros mensuales) durante 10 años, pudiendo adquirir la vivienda pasado ese tiempo descontando las cantidades ya abonadas.

Ésta es una forma de capitalizar el alquiler con la condición de no vender la vivienda a precio de mercado hasta pasados 20 años (en el caso de haber decidido comprarla).

Esta ayuda se une al Plan Solución Joven, que consta de 1.200 nuevos pisos industrializados de 70 metros cuadrados con un alquiler inferior a 600 euros en Madrid, Alcorcón, Ciempozuelos, Colmenar Viejo, Navalcarnero y Torrejón de la Calzada. Ambas medidas forman parte del programa Mi Primera Vivienda.

El objetico de estas medidas, compatibles con otras ayudas, es cubrir el 95% de la hipoteca de la primera vivienda de este grupo de edad.

PLAN REJUVENECE

El Plan Rejuvenece Madrid busca incentivar el arrendamiento de viviendas que actualmente están vacías y requieren una rehabilitación en cualquier punto de la Comunidad. Es decir, se trata de la rehabilitación de pisos sin uso para darles salida en el mercado, lo que aumentará la oferta de viviendas en alquiler, con la consiguiente previsión de bajada de precios.

Esta reforma va orientada a cumplir con los nuevos requerimientos y estándares de eficiencia energética. A cambio, las empresas rehabilitadoras podrán alquilar las viviendas por un período de 5 años para recuperar la inversión. Por su parte, el propietario no incurrirá en ningún gasto y podrá negociar recibir parte de la renta obtenida.

De esta manera, al final del período tendrá una vivienda renovada y, por tanto, a un precio de mercado superior.

Al igual que ocurre con el Bono Joven, estas ayudas podrán solicitarse en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o de manera presencial en las oficinas en materia de vivienda de la Comunidad de Madrid.

DEDUCCIÓN EN EL IRPF POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL

Esta medida permite a los inquilinos menores de 35 años desgravarse hasta un 30% en la declaración de la renta por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 1.000 euros al año.

Ahora bien, tus ingresos no deben superar los 25.620 euros al año en tributación individual, o los 36.200 en tributación conjunta. Tampoco la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la que formes parte puede superar los 60.000 euros.

Asimismo, para que puedas aplicarte la deducción, el gasto anual de alquiler tiene que superar el 20 por ciento de tu base imponible. 

Es decir, si reúnes estas condiciones y pagas, por ejemplo, un alquiler de 500€ mensuales, podrás deducirte lo equivalente a dos mensualidades. Si tienes más de 35 años, menos de 40 y estás en situación de desempleo con al menos dos familiares a cargo, también puedes aplicarte esta deducción. 

Además de lo que hemos señalado, para poder acceder a esta ventaja fiscal debes acreditar el depósito de la fianza correspondiente a tu alquiler en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid. Podrás hacerlo mediante una copia del resguardo de depósito de la fianza o estar en posesión de una copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por haberse negado el propietario a entregar copia del resguardo.

Si, una vez leído este post, tienes alguna duda sobre las ayudas al alquiler, desde Alquiler Seguro estamos a tu disposición para ayudarte. Consúltanos en [email protected]


FIANZA.2 (12).png 




Sin comentarios

Añadir Comentario

¡Déjanos tus datos y nosotros te llamamos!