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¿Se puede alquilar un piso con hipoteca?



Ya sea porque has decidido compra para alquilar, porque te traslades a otra ciudad o quizás, porque necesitas cambiar de residencia… son muchos y variados los motivos por los que una persona decide poner su vivienda en alquiler, pero ¿se puede hacer si sobre el inmueble existe una carga hipotecaria?  Nuestros asesores inmobiliarios te dan todas las claves sobre el alquiler de un piso con hipoteca, sigue leyendo.

Alquilar un piso con hipoteca ¿se puede?

Cuando adquirimos una vivienda y la hipotecamos, es imprescindible que consultemos las escrituras de constitución de la hipoteca, y comprobemos el clausulado, pues pueden existir limitaciones o prohibiciones expresas.

Aunque no se trata de una práctica muy común por parte de las entidades financieras, si que es cierto que, algunas imponen en el clausulado de las escrituras de constitución de la hipoteca, limitaciones o prohibiciones expresas de cara arrendar el inmueble.

Pero ¿Por qué algunas entidades bancarias impiden que se pueda alquilar una vivienda con hipoteca? Principalmente porque en el caso de que se produzca una enajenación forzosa de la vivienda por ejecución hipotecaria, la existencia de un contrato de alquiler puede suponer una rebaja del valor de la vivienda, ya que el adjudicatario del bien subastado debe adherirse al contrato de alquiler en vigor, tal y como determina el articulo 13 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Artículo 13. Resolución del derecho del arrendador.

1. Si durante los cinco primeros años de duración del contrato, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el derecho del arrendador quedara resuelto por el ejercicio de un retracto convencional, la apertura de una sustitución fideicomisaria, la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria o de sentencia judicial o el ejercicio de un derecho de opción de compra, el arrendatario tendrá derecho, en todo caso, a continuar en el arrendamiento hasta que se cumplan cinco años o siete años respectivamente, sin perjuicio de la facultad de no renovación prevista en el artículo 9.1.

¿Son legales estas cláusulas por parte de los bancos? Existe diferente jurisprudencia al respecto, desde aquella que permite a las entidades bancarias limitar el alquiler en base a que exista una autorización previa por parte del banco y a que las rentas no sean inferiores a las cuotas de amortización e intereses del préstamo, hasta las que consideran se tratan de cláusulas que suponen un desequilibrio y perjuicio de cara al consumidor.

Llegados a este punto seguro que muchos os preguntáis ¿se puede entonces alquilar una casa con hipoteca? Tal y como comentábamos, es importante consultar las escrituras de constitución de hipoteca y comprobar si existe alguna limitación. En el caso de que no la haya, el inmueble se puede arrendar sin problema. Si por el contrario hay alguna clausula que recoja la limitación tendrás que tener en cuenta lo siguiente:

  • Las clausulas que imponga la entidad bancaria deben acogerse a lo expuesto en el articulo 13 de la Ley de Arrendamientos urbanos que tratamos con anterioridad.
  • El pacto de vencimiento anticipado solo será valido en el caso de rentas bajas o del pago de las rentas por anticipado.

Alquilar un piso con hipoteca a través de profesionales inmobiliarios

¿Tienes dudas sobre cómo alquilar tu piso con hipoteca? En Alquiler Seguro nuestro equipo de asesores inmobiliarios y nuestra área jurídica, especialista en arrendamientos urbanos, te ayudará a resolver todas tus dudas y asesorará en el proceso de alquiler de una vivienda con hipoteca.

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