El blog de Alquiler Seguro
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Aunque la legislación actual protege más a los inquilinos en detrimento de los derechos de los propietarios (en caso de mororsidad, daños, vandalismo, etc…), al menos fiscalmente los arrendadores tienen grandes ventajas fiscales para poner su vivienda en el mercado de alquiler.
En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual es obligatorio solicitar al inquilino el importe equivalente a una mensualidad en concepto de fianza.
A su vez, el propietario debe depositar dicho importe en el organismo competente de su comunidad autónoma, con un plazo máximo de 2 meses desde la entrada en vigor del contrato.