¿Cuándo se puede subir el precio del alquiler de una vivienda?

Publicado por Comunicación Alquiler Seguro

16/07/2021

“Mi casero me ha comunicado que me va a subir el alquiler 50€ ¿puede hacerlo? Jonás.”

El propietario en ninguna circunstancia puede subir de manera unilateral la renta puesto que debe respetar la vigencia del contrato del alquiler. Sólo se podrán realizar subidas en el precio del alquiler si existe mutuo acuerdo por las partes, o en el caso de que el arrendamiento finalice, en tal caso, será necesario formalizar un nuevo contrato de alquiler.

Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.


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