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Cláusulas nulas en un contrato de alquiler ¿qué son?



A la hora de formalizar un contrato de alquiler, si este no está elaborado por un jurista especialista en arrendamientos urbanos, puedes encontrar aspectos y cláusulas nulas, esto es clausulas contrarias a lo que indica la ley, que por tanto no son válidas. Analizamos cómo debe de ser un contrato de alquiler conforme a la ley y aquellas clausulas que no son aptas. ¡Atento!

Cláusulas nulas en un contrato de alquiler ¿qué son?

En ocasiones a la hora de formalizar un alquiler muchos particulares optan por la opción de descargar un borrador o contrato tipo de internet sin previamente tener las suficientes garantías de que cumple con la legalidad y, por tanto, que todo su clausulado está conforme a lo que indica la Ley de Arrendamientos Urbanos. Este tipo de prácticas, además de otras, como aquellos particulares que quieren incluir condiciones propias ajenas a la legislación hacen de las mismas nulas o no válidas.

Las cláusulas nulas más frecuentes en los contratos de arrendamientos son las siguientes:

Permanencia mínima de un año

Desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 6 de junio de 2013, el arrendatario, esto es el inquilino, puede desistir del contrato de alquiler, transcurridos seis meses desde la formalización del contrato. No obstante, para proceder a desistir del contrato, transcurridos los seis primeros meses, deberá de avisar a la propiedad del inmueble con 30 días de antelación y, si por contrato estuviese especificado y pactado tendrá que indemnizar al dueño con una cantidad equivalente a un mes de renta por cada año que falte por cumplir, o la parte proporcional.

El casero puede entrar en la vivienda arrendada

Otra clausula común que nos podemos encontrar entre las mas repetidas como nula es la de que el casero puede entrar en la vivienda arrendada cuando quiera para comprobar el estado de la misma o realizar revisiones de la vivienda. Esta cláusula es completamente nula y mientras la vivienda esta alquilada, el propietario no puede entrar en la misma, salvo consentimiento del arrendatario, pues vulneraria la inviolabilidad del domicilio establecida en el artículo 18.2 de la Constitución española. Por lo tanto, el inquilino puede negarse a que el casero entre en la casa.

Pago de varias rentas por adelantado

No se podrá obligar por contrato al pago por adelantado de más de una mensualidad de renta, tal y como recoge la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 17.2

“Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta”

Solicitud de varias fianzas

En este apartado no se debe de confundir fianza y depósito de garantía o garantías adicionales. Si dudas qué es la fianza y qué el depósito, en esta entrada te explicamos. Respecto a la fianza, y tal y cómo índica la mencionada LAU en su artículo 36.1

 “A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.”

Por tanto, para el alquiler de viviendas la fianza legal corresponde a una mensualidad mientras que, en el alquiler de locales, oficinas, naves o garajes, todo aquel distinto al uso de vivienda corresponde dos mensualidades de fianza.

¿Qué hacer para redactar correctamente un contrato de alquiler?

Para evitar este tipo de errores y clausulas nulas desde Alquiler Seguro siempre recomendamos que antes de alquilar un inmueble, contactemos con asesores profesionales que nos ayuden a gestionar todo lo relacionado con el arrendamiento.

Si tienes dudas sobre los contratos de alquiler, en esta mini guía para elaborar un contrato de arrendamiento te explicamos todo lo necesario para que esté conforme a la ley.

Para tener un asesoramiento legal continuado, con contrato conforme a la ley y la garantía de cobro puntual el día 5 de cada mes, sólo tienes que contactar con Alquiler Seguro. Nosotros nos encargamos de todo con nuestra gestión integral del alquiler.

 





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