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5 preguntas y respuestas para antes de alquilar un piso



Para evitar problemas entre el casero y el inquilino, durante el tiempo que dure el alquiler, es importante que ambas partes tengan muy claro cuáles son sus derechos y obligaciones. Por ello, en esta ocasión nos vamos a centrar en varias preguntas que tiene que realizar el arrendatario antes de firmar el contrato de alquiler de un piso.

5 preguntas y respuestas para antes de alquilar un piso

Como inquilino resulta fundamental que tengas unas nociones básicas sobre el arrendamiento y en concreto sobre las condiciones de alquiler que vas a firmar para tu piso, por eso, hemos elaborado un pequeño listado con las 5 preguntas más habituales que hay que formular al formalizar el alquiler.

¿Qué preguntar al alquilar un piso?

¿Cuándo hay que pagar la renta?

Para que evites quebraderos de cabeza con el dueño de la vivienda, es importante que acordéis cuando se tiene que hacer efectivo el pago de la renta. Desde Alquiler Seguro, te recomendamos que este aspecto lo dejéis reflejado en el documento de arrendamiento, esto es en el contrato, para que, en el transcurso de este, no surjan dudas. Por lo general, el reintegro se suele realizar los primeros días del mes o cuando ha transcurrido la mensualidad completa.

Tal y como acredita el artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sobre la determinación de la renta:

1. La renta será la que libremente estipulen las partes.

2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta”

¿Quién paga qué?

Cuando vayas a alquilar un piso, es fundamental que tengas claro quién se tiene que encargar de cada cosa. Nosotros te aconsejamos que sea el propietario quien haga frente a de los impuestos (IBI), la comunidad de propietarios y las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en un buen estado. Asimismo, recomendamos que sean los inquilinos los que costeen los suministros (agua, luz, gas), la tasa de basuras y las tareas de mantenimiento por uso habitual del inmueble.

Si te surgen dudas sobre quién paga las reparaciones en una vivienda de alquiler, siempre consulta con la propiedad, no obstante, en esta entrada te resolvemos las principales casuísticas que pueden ocurrir.

¿Están dados de alta los suministros?

Antes de firmar un contrato de alquiler, cerciórate que los suministros están dados de alta. Aunque el inquilino tiene que pagar el consumo mensual, debes saber que la tarea de activar la luz, el agua y el gas le corresponde al dueño de la vivienda. ¡Acuérdate de poner a tu nombre los suministros cuando entres a vivir! Este último paso es muy importante, una vez como inquilino entras a vivir en tu nuevo piso de alquiler debes de contactar con las compañías suministradoras y realizar un cambio en la titularidad de los suministros y nunca un cambio de domiciliación bancaria.

¿Es obligatorio para una fianza?

Por supuesto. Al alquilar un piso tendrás que entregar a tu propietario el dinero correspondiente a la fianza. Esta cuantía será ingresada en el organismo correspondiente de cada Comunidad Autónoma.

Sobre la fianza tienes que conocer una serie de datos clave y que quedan reflejados en la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 36:

  1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.
  2. Durante los cinco primeros años de duración del contrato, o durante los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga.
  3.  La actualización de la fianza durante el período de tiempo en que el plazo pactado para el arrendamiento exceda de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, se regirá por lo estipulado al efecto por las partes. A falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza.
  4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.
  5.  Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

¿Quién tiene que figurar en el contrato?

Aunque es una pregunta que suele pasar desapercibida, es importante que sepas quiénes tenéis que figurar en el contrato de arrendamiento. Desde Alquiler Seguro te recomendamos que, en el documento de alquiler, aparezcan todos los propietarios del inmueble, así como la totalidad de los inquilinos mayores de 18 años. Por supuesto, no deben faltar los datos de la propiedad ya sea una persona física o jurídica.

¿Tienes más preguntas para el propietario a la hora de alquilar un piso? Cuéntanoslas, te ayudamos a resolverlas y te asesoramos.

 





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