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Cláusulas que debe tener en cuenta un propietario en un contrato de alquiler



A la hora alquilar una vivienda, tienes que acordar con el inquilino una serie de puntos que estarán vigentes, que regularán, todo el tiempo que se extienda la relación entre ambos. Como hemos comentado en otras ocasiones, es muy importante que todo lo que apalabres lo dejes plasmado en un documento, ya sabes, las palabras se las lleva el viento. Hoy, te contamos aquellas cláusulas que debes tener en cuenta a la hora de redactar un contrato de alquiler. ¡Muy atento!

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Establece la duración del contrato

La Ley de Arrendamientos Urbanos estable en su artículo número 9 que la duración de un contrato de arrendamiento depende de lo que pacten las partes, cuando este se inicia. Si el acuerdo es menor de tres años, cuando el contrato venza se alargará por anualidades hasta que este llegue una duración mínima de tres años.

En esta cláusula es importante especificar las condiciones con las que se debe rescindir el contrato, tanto por la parte del inquilino, como por la del propietario. En el primer caso, debe avisar en tiempo y forma 30 días antes de la finalización del acuerdo. Asimismo, también puede abandonar la vivienda transcurridos seis meses desde la firma del documento, donde el arrendatario puede sufrir una penalización, correspondiente al tiempo que queda para acabar el contrato. En el caso del arrendador, puede recuperar la vivienda, siempre y cuando, la necesites tú, un familiar de primer grado de consanguineidad o el cónyuge (en caso de sentencia firme); haya transcurrido un año desde la firma del contrato y avises con dos meses de antelación.

Marca la renta y los gastos derivados por el alquiler

Aunque es algo lógico, está bien recordarlo, por si algún despistadillo se le pasa. A la hora de redactar el contrato de alquiler, especifica cuál va ser la cuantía mensual de la renta y todos los gastos relacionados con el alquiler, como los suministros o las pequeñas reparaciones generadas por el uso habitual del inmueble, entre otras. También tienes que especificar el indicador con el que se actualizará la renta del alquiler como, por ejemplo, el Índice ARCA.

Subarrendamiento de la vivienda

En entradas antiguas, os hemos hablado sobre el subarrendamiento de las viviendas. Como sabes, hay inquilinos que, para ahorrarse un dinero, deciden subalquilar un espacio de tu propiedad. Para poder hacerlo se necesita la aprobación del arrendador, según marca la LAU en su artículo 8. Si no quieres perder el control de tu vivienda, lo mejor es que añadas una cláusula a tu contrato donde indiques la prohibición de la realizar esta práctica. De esta forma, si el inquilino lo hace, podrás rescindir el contrato por no haber respetado el documento que regula el alquiler.

Elabora un inventario de la vivienda

Aunque a veces a muchos propietarios os pasa desapercibido, a la hora de elaborar un contrato de alquiler es muy importante acompañarlo con un inventario. En este anexo, se deben especificar todos los enseres que se encuentran en la casa en el momento en el que nuevo inquilino entra a vivir. También, es recomendable que añadas fotos de cada uno de los bienes y especifiques en que estado se encuentra. De esta manera, cuando deis por finalizado el acuerdo, podrás hacer una revisión rápida de la casa y reclamarle al arrendatario en caso de que falten bienes en la vivienda, o hayan sufrido desperfectos.

No te olvides de la cláusula de enajenación

Por último, no te tienes que olvidar de la cláusula de enajenación, ya que, en caso de compraventa de la vivienda, tienes que especificar que ocurriría con el contrato en vigor. La Ley de Arrendamientos Urbanos habla en el artículo 14 que, para aplicar la enajenación de una casa, el inmueble tiene que estar inscrito en el Registro de la Propiedad y, así, el nuevo propietario tiene la obligación de continuar con el contrato de alquiler hasta que este finalice.

 

¿Tienes dudas sobre las cláusulas que debe tener en cuenta un propietario en un contrato del alquiler?





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