¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre reparaciones?
Publicado por Miriam Nasser Mansilla
16/03/2022
Hola, mi nombre es Luis López, y tengo la siguiente duda: ¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre reparaciones?
Hola Luis, te comentamos: en este sentido hay que diferenciar:
Las obras de conservación del inmueble que corresponden al arrendador, para la correcta conservación del inmueble que es precisa para cumplir la obligación de poner a disposición del arrendatario el inmueble arrendado y mantenerlo en disposición de poder ser debidamente utilizado, salvo que el daño haya sido ocasionado por mal uso del inquilino , que en su caso será de su responsabilidad.
Las que corresponden al arrendatario, que son las de realización de obras o reparaciones menores, “pequeñas reparaciones” que provengan del uso normal del inmueble. Por tanto, las obras que al arrendatario corresponden se caracterizan por su escasa trascendencia o entidad y por provenir del uso normal del inmueble. Las obras que no provengan del uso normal o que, aún siendo consecuencia del uso normal del inmueble, excedan de la consideración de obras o reparaciones menores, corresponderán al arrendador.
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