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¿Quién paga la recogida de basura de un piso alquilado?



Puede que la tasa de basuras sea un término que, a priori, no nos resulte familiar, sobre todo si es la primera vez que alquilamos un piso. Sin embargo, este impuesto es uno de los que más dudas generan tanto para arrendadores como arrendatarios. Muchas veces, no sabemos quién es el encargado de pagar dicha tasa. Los propietarios, por ejemplo, piensan normalmente: la vivienda es de mi propiedad, pero la basura generada es de los arrendatarios… Entonces, ¿quién debería pagar este impuesto de residuos? Ahora bien, en este post explicaremos quién es el responsable de esta tasa y repasaremos qué es lo que dice la normativa actual respecto a este tema.

Quién se encarga de pagar la recogida de basuras  

¿Qué es la tasa de basuras?

La tasa de basuras, también conocida como Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA), es un importe que pagamos los ciudadanos a cambio de que se gestionen los residuos sólidos urbanos. Esta tasa no es obligatoria en todos los sitios puesto que se deja a voluntad del municipio. Ciudades como Alicante, Soria, Madrid, Málaga o Barcelona tienen tasas muy bajas o inexistentes. Es en San Sebastián y en Gerona donde se encuentran los precios más altos para este impuesto.

Como hemos mencionado, el coste de esta tasa varía en función del municipio en el que se encuentra. Además, este impuesto de residuos tiene dos variantes:

  • Tasa de carácter fijo: Todo el mundo pagará la misma cantidad independientemente de las características de la vivienda.
  • Tasa de carácter variable: El importe de este tipo de impuesto se calcula según las características de la vivienda como los metros, la zona, el valor catastral, etc. Así, se determina el importe a pagar.

Si no sabes cuál es el importe que debes pagar por residuos o si es de tipo fijo o variable, no te preocupes puesto que puedes recabar información en el Ayuntamiento de tu municipio. Muchos consistorios permiten calcular online cuál es la cantidad que pagar en función de dónde vives. Por otra parte, te pueden aconsejar en qué es lo que pagas al abonar este impuesto. No obstante, para salir de dudas, este impuesto incluye: la recogida y el transporte de residuos, el almacenaje de las bolsas de basuras y la separación y clasificación para el posterior reciclaje.

¿Quién paga este impuesto?

A la hora de cumplir con nuestras obligaciones, nos surge la pregunta de quién paga la recogida de basuras ¿el propietario de la vivienda o el inquino que reside en ella? Para poder dar respuesta a la misma debemos de fijarnos en lo referenciado en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, en el que se especifica que: “Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario”

Por tanto, todo queda cerrado a lo que se haya pactado por las partes arrendadoras y arrendatarias en el contrato de alquiler. A la hora de decidir quién paga la recogida de basura en una vivienda de alquiler, deberemos consultar nuestro contrato de arrendamiento y comprobar, si en este existe alguna cláusula, donde indique si es el inquilino es el encargado de hacer frente a este impuesto. En el caso de que no conste nada en el documento regulador del alquiler, será el propietario el que abonará la Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA).

¿Cómo se suelen repartir los gastos?

Normalmente, cuando se tiene que pactar y distribuir los gastos de una vivienda de alquiler, ambas partes deben acordar mediante un contrato escrito y firmado quién es el responsable de cada pago. Lo más habitual es que el propietario se encargue de los siguientes gastos:

  • Comunidad de propietarios
  • Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
  • Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA)
  • Reparaciones y averías necesarias para que la vivienda sea habitable: Le corresponden al propietario conforme la normativa
  • Dar de alta los suministros de la vivienda (agua, luz y gas): Por ley, es obligatorio que lo pague el arrendador

Por otra parte, el arrendatario debe afrontar otro tipo de gastos que, según el contrato y la Ley de Arrendamientos Urbanos, deben ser los siguientes:

  • Renta mensual de alquiler
  • Fianza legal
  • Depósito de garantía (cantidad de dinero que puede pedir, voluntariamente, el propietario como un resguardo ante impagos)
  • Averías, desperfectos y reparaciones causadas por un mal uso de la vivienda
  • Reparaciones causadas por el día a día en la vivienda: Por ejemplo, cambio de bombillas fundidas
  • Los suministros de agua, luz y gas
  • Si se ha pactado en el contrato previamente, puede estar obligado a pagar también la tasa de basuras, la comunidad de propietarios y el IBI

¿Te surge alguna duda sobre quién paga la recogida de basuras? No te preocupes, ¡pregúntanos! Estaremos encantados de ayudarte en todo lo que podamos. No obstante, recuerda tener claro lo que te corresponde pagar antes de firmar el contrato y revisa bien todas las cláusulas que se incluyen: tanto si eres propietario como inquilino, debes tener en cuenta cuáles son tus derechos y obligaciones.





45 Comentarios

  • Moraramal 1 años 107 días hace
    Hola! El contrato dice :
    CUARTA.-GASTOS A CARGO DE LOS ARRENDATARIOS Y DEL ARRENDADOR.

    Los gastos de comunidad van incluidos en la mensualidad y serán por cuenta de la PARTE ARRENDADORA.

    Serán a cargo de la PARTE ARRENDATARIA, los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que corresponden a la vivienda arrendada.

    Igualmente serán a cargo de la PARTE ARRENDATARIA todos los gastos que deriven de servicios o suministros con los que cuente la vivienda y que sean susceptibles de individualización mediante aparatos contadores. Dentro de este concepto queda incluido el importe del recibo de la luz, gas, agua corriente, y cualquier otro semejante.
    Será a cargo de la PARTE ARRENDADORA, el pago del impuesto de bienes inmuebles o cualquier otro impuesto o tasa municipal que derive de la propiedad arrendada.

    ¿A quien le corresponde pagar la basura?
    Reply
    • Álvaro Crespo Bedoya 1 años 106 días hace
      A la parte Arrendataria al tratarse de una tasa municipal.

      Si desea recibir asesoramiento especializado puede contactar con Pluslegal Abogados, expertos en derecho inmobiliario, en [email protected]
      Reply
      • Nuria 1 años 95 días hace
        No estoy de acuerdo, es una tasa municipal que se cobra se generen o no se generen residuos, por lo tanto lo debería pagar el propietario de la vivienda
        Reply
        • Álvaro Crespo Bedoya 1 años 92 días hace
          Si, es una tasa municipal y el Ayuntamiento la cobra independientemente de si se generan residuos o no porque lo que se cobra es por ofrecer el servicio, por lo tanto, si en el contrato se recoge que le corresponde debe abonarla.

          Si desean asesoramiento especializado pueden contactar con Pluslegal Abogados, expertos en derecho inmobiliario, mediante correo electrónico [email protected]
          Reply
  • David 1 años 245 días hace
    Buenas tardes,
    Tenía firmado con el contrato que yo tenía que pagar las basuras, pero nunca me lo ha pasado. Es legal que ahora decida pasarmelo todo de golpe y hacerlo con un pago?
    Reply
    • Alquiler Seguro 1 años 244 días hace
      Buenos días
      Si se registró esta obligación en el contrato, el propietario dispone de 4 años para reclamar su abono.
      Esperamos haberle ayudado.

      Gracias.
      Un saludo
      Reply
  • Roberto 1 años 355 días hace
    Hola soy alquilado y siempre he pagado la tasa de la basura, actualmente tengo un grado de discapacidad del 33% y quisiera saber si tengo que pagarlo porq tengo entendido q con el grado de discapacidad lo tengo exonerado que puedo hacer gracias
    Reply
  • Elvira 2 años 25 días hace
    Buenas tardes,
    En mi contrato tengo esta cláusula:

    GASTOS E IMPUESTOS.- Los gastos relativos a la comunidad de propietarios de la que forma parte la vivienda arrendada, así como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y aquellos impuestos, arbitrios, tasas o contribuciones, tanto actuales como futuros, que afecten a la finca arrendada, serán de cuenta del arrendador.

    Y a continuación la siguiente:

    DECIMOSEGUNDA.- SUMINISTROS.- Independientemente de la renta mensual pactada, será asimismo de cuenta exclusiva del arrendatario los consumos de agua, gas, electricidad y tasas de residuos urbanos en el caso de haberla. A dicho efecto, el arrendatario domiciliará los recibos de las compañías suministradoras en la cuenta bancaria que designe.

    ¿Estoy obligada a pagar la Tasa de Residuos Urbanos?
    Si la respuesta es positiva, ¿es válida la segunda cláusula si no se especifica la cantidad a pagar por la Tasa de Residuos Urbanos en el año de firma del contrato?

    Muchas gracias!
    Reply
    • Álvaro Crespo Bedoya 2 años 24 días hace
      Estimada Elvira,

      En relación con la consulta planteada, he de informarle que las cláusulas expuestas son correspondientes a los gastos directos e indirectos de la vivienda asumidos por las partes durante la vigencia del contrato.
      Dicho esto, el acuerdo es válido si hay conformidad de ambas partes, y según la mayoría de ordenanzas municipales, debe pagar la tasa quién recibe el servicio, que, en caso de un arrendamiento, es el inquilino. Todo ello viene contenido en el art. 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Corresponderá abonar el gasto correspondiente al tiempo en el que se resida en la vivienda. Puede contactar con nuestro despacho a través de: [email protected], si quisiere que revisemos el asunto de manera particular.

      Un cordial saludo.-


      Reply
  • Ana 2 años 179 días hace
    Hola
    Yo estaba en un contrato de alquier y anualmente el propietario me pasaba la tasa de las basuras sobre el mes de Septiembre. No tengo claro si esta tasa se paga por adelantado o a tiempo vencido. El tema es que he dejado el piso a mes de Octubre y no se si deberian abonarme la parte proporcional al tiempo que no voy a estar en el piso y entiendo que tiene que pagar el siguiente inquilino

    Gracias
    Reply
    • Alquiler Seguro 2 años 171 días hace
      Hola, Ana Buenos días,

      La recogida de basura es una tasa municipal que los ciudadanos pagan a los Ayuntamientos y que está regulada por una Ordenanza Municipal.
      Según la mayoría de las ordenanzas municipales, debe pagar la tasa quién recibe el servicio, que en caso de un arrendamiento, es el inquilino, aunque es un tema que queda abierto al pacto entre las partes (art. 20 LAU) y el acuerdo al que se llegue, debe quedar recogido por escrito en una cláusula del contrato de arrendamiento.

      Si usted ha abandonado el inmueble deberá abonar la parte proporcional de los días que esté en el inmueble.
      Quedamos a su disposición
      Reply
  • Joaquin 3 años 17 días hace
    Buenas tardes
    he solicitado una bonificación en la tasa de las basuras, pero me la deniegan porque dicen que tengo otra propiedad ( realmente sólo tengo una, donde pido la bonificación es de alquiler)

    consultando el contrato me especifica:
    cuarto: independientemente de la renta pactada, la parte arrendataria estará obligada al pago de: los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada, realizando directamente el pago a la Comunidad de propietarios.


    Septimo: los servicios de agua, gas, electricidad y teléfono, serán a cargo de la parte arrendataria, que los tendrá que contratar, si procede, a su cargo, a las empresas sumunistradoras. Serán tambien a cargo suyo: la adquisición o reparación de los contadores correspondientes, los gastos de conservación de la instalaciones de los suministros y el costo de las compañías, organismo o autoridad cometente


    Estoy obligado a pagar las tasas de basura?
    el punto 4 se refiere a todo lo que no se puede individualizar o con los tributos y servicios tengo que pagar las basuras?

    Reply
    • Alquiler Seguro 2 años 356 días hace
      Hola Joaquín, De forma general, en los contratos de arrendamiento de vivienda, la basura (la tasa de residuos urbanos), debe ser pagada por el propietario de la vivienda, aunque existe la posibilidad de que en el contrato de arrendamiento se pacte por escrito que sea el arrendatario el que pague la tasa de residuos urbanos. En cualquier caso, debe saber que la tasa de residuos urbanos, no están relacionados con consumos individualizados sino con características del inmueble (se relacionan con el valor catastral o con la superficie), por lo que, de acuerdo a la cláusula cuarta que transcribe, le correspondiera el abono de la tasa de residuos urbanos.

      Nuestro despacho ofrece un servicio especializado a un precio realmente económico, el cual puede hacerte ahorrar mucho dinero y problemas. Puedes solicitar más Info por mail a [email protected]. Atentamente: Miriam Nasser Mansilla Colegiada 120730 ICAM.
      Reply
  • Carme Vilà 3 años 76 días hace
    Yo vivo sola. La tasa de los residuos es la misma que si convives con otros? o va en función de las personas que viven en el piso ?

    Muchas gracias
    Reply
    • Alquiler Seguro 3 años 66 días hace
      Hola Carme, Es una tasa municipal independiente de los residentes que habiten el inmueble.
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  • Rebeca 3 años 159 días hace
    Hola buenas tardes, despues de dos años viviendo en el piso de alquiler, nunca nos habían mencionado el pago de la tasa de basuras (ni en 2019) . Un mes después de irnos, cuando ya hemos rescindido el contrado nos lo reclaman. (2020). Nos lo quieren descontar de la fianza, según el contrato y la clausula sería la siguiente:

    " 7º.- Gastos
    Serán de cuenta del arrendador los gastos correspondientes a la Comunidad de Propietarios que se giren sobre la vivienda arrendada, así como la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
    Serán de cuenta del arrendatario el gasto por consumo, instalación, reparación, contratación o ampliación individualizado por medio de contador. A tal efecto, el arrendatario se compromete a dar de alta a su nombre tales servicios en las respectivas compañías suministradoras."

    ¿Tendríamos que pagarla?

    Un saludo y muchas gracias!
    Reply
    • Alquiler Seguro 3 años 97 días hace
      Hola Rebeca, En base a la cláusula citada, y si no hay un dato exacto para dicha tasa, no podría, reclamarle el pago de la misma. Ahora bien, visto que estaban abonando los gastos comunitarios seria pertinente revisar si la tasa de basuras se llegaba a girar por un supuesto por medio de comunidad o si directamente se enviaban al propietario para dar una respuesta más exacta.
      Nuestro despacho ofrece un servicio especializado a un precio realmente económico, el cual puede hacerte ahorrar mucho dinero y problemas. Puedes solicitar más Info por mail a [email protected]. Atentamente: Miriam Nasser Mansilla Colegiada 120730 ICAM.
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  • Marcos 3 años 191 días hace
    Hola! Después de cinco años en el piso mi casero me pasa la tasa de basura del Ayuntamiento correspondiente al semestre del 2020. Nunca me ha exigido dicho pago. Viendo el contrato refleja lo siguiente: correrán por cuenta de la arrendadora los gastos generales y de servicios individuales relativos al sostenimiento del inmueble, tributos, cargas y responsabilidades que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, etc.
    Otro punto del contrato es el siguiente: obligaciones de la parte arrendataria: pagar los gastos de suministros tales como luz, teléfono que correspondan al inmueble arrendador, así como los generados para el adecuado sostenimiento del inmueble.
    Me correspondería a mi pagar la tasa de basura del Ayuntamiento? Por tirar la basura en el contenedor de la calle. Un saludo, gracias!!
    Reply
    • Alquiler Seguro 3 años 96 días hace
      Hola Marcos,Deberá proceder conforme a lo estipulado en el contrato. Si la tasa de basura no aparece reflejada en el contrato de arrendamiento como obligación del arrendatario, será un cargo que deberá asumir el propietario, ya que .( tributos que debe pagar el propietario, salvo pacto en contrario).
      Nuestro despacho ofrece un servicio especializado a un precio realmente económico, el cual puede hacerte ahorrar mucho dinero y problemas. Puedes solicitar más Info por mail a [email protected]. Atentamente: Miriam Nasser Mansilla Colegiada 120730 ICAM.
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  • Cristian 4 años 36 días hace
    Buenas, llevo alquilado dos años en mi piso y fimrenentonces por un año, paso el año seguimos aquí de mutuo acuerdo sin firmar ningúna extensión de contrato y acordamos entonces que el dueño pagaba comunidad y agua, ahora cambiaron el agua individualmente y ahora me pide la facturación de agua y tasas de basuras que vienen conjunta y de la misma empresa, ¿estoy obligado?
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 16 días hace
      Hola Cristian,

      Para dar una respuesta eficaz sería necesario revisar el documento contractual que firmaron con respecto a los gastos que asumían ambas partes.

      Nuestro despacho ofrece un servicio de revisión de contratos de arrendamiento a un precio realmente económico, el cual puede hacerte ahorrar mucho dinero y problemas. Puedes solicitar más Info por mail a [email protected].

      Atentamente: Miriam Nasser Mansilla Colegiada 120730 ICAM
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  • Enrique 4 años 53 días hace
    Buenas tardes. Mi casero me reclama el pago de los gastos de basura. En el contrato esta escrito lo siguiente:

    SEXTA.- GASTOS GENERALES, DE SERVICIOS Y DE SUMINISTROS: La parte arrendadora vendrá obligada a pagar el importe de gastos de comunidad (vivienda y garaje+trastero) así como el importe del impuesto de bienes inmuebles. Será a cargo del arrendatario la totalidad del importe de los servicios y consumos con que cuente la vivienda arrendada que utilice el arrendatario (incluyendo gastos de basura) y que se individualice mediante aparatos contadores, que se repercutirán en el recibo de renta o domiciliaran a su propia cuenta, incluso cuando dichos contadores estuvieran a nombre de la parte arrendadora.

    Como el gasto de basura no esta individualizado mediante aparatos contadores, me puedo negar a pagarlo?
    gracias
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 50 días hace
      Hola Enrique, la tasa de basura debe de abonarla Ud. por tratarse de un residuo que genera al residir en el inmueble. Saludos.
      Reply
  • CARLOTA 4 años 53 días hace
    Buenos días,
    Me acaba de finalizar el contrato de alquiler tras 8 años. Ahora el propietario me reclama los 8 años de la tasa de basura, cuando nunca me ha requerido de pago ni me ha ido informando del importe anualmente, aunque si estaba estipulado en el contrato. ¿Puede reclamármelo con efectos retroactivos y hasta cuanto tiempo atrás? gracias
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 50 días hace
      Hola Carlota, si, si puede hasta un máximo de 4 años. Los anteriores han prescrito. Saludos.
      Reply
  • Fernando Cabrera 4 años 59 días hace
    Buenas tardes.
    En mi contrato de arrendamiento, en su cláusula OCTAVA.-GASTOS apartado 8.2. indica textualmente:..." Los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades, que correspondan a la VIVIENDA o a sus accesorios, y que no sean susceptibles de individualización, serán a cargo del ARRENDADOR.
    Los tributos que correspondan a la VIVIENDA o a sus accesorios, serán a cargo del ARRENDADOR.
    En la fecha de la firma del presente contrato, el importe anual de los gastos a que se refiera este apartado a cargo al ARRENDATARIO, asciende a CERO (0) EUROS".

    Según lo expuesto anteriormente:
    1º.- Yo entiendo que lo tiene que pagar el ARRENDADOR.
    2º.- ¿Puedo reclamar al ARRENDADOR todas las cantidades satisfechas por este concepto desde la fecha del contrato?

    Me lo podrían confirmar, por favor.

    Muchas gracias y un saludo
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 51 días hace
      Hola Fernando, entendemos que hay una errata en su pregunta y no podemos darle una respuesta concreta, necesitaríamos que la reformule. Saludos.
      Reply
      • Fernando 4 años 49 días hace
        Conforme a lo expuesto:
        - ¿Quién es el responsable de pagar la tasa de basura?.
        - Caso de ser el arrendador el responsable del pago, ¿podría yo, como arrendatario, reclamarle que me abone las cantidades pagadas por mí desde la fecha de inicio del contrato?.

        Muchas gracias y un saludo

        Reply
  • Olga Pérez 4 años 101 días hace
    Buenos días.

    Mi casera tiene la tasa de basura domiciliada en su cuenta, por lo que le descuentan un 5% de bonificación por ello. Pero a mi me pasa el recibo con el precio completo sin la bonificación, es decir que esta sacando un beneficio de ello. ¿Esto es legal?

    Gracias. Saludos

    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 86 días hace
      Hola Olga, su obligación como arrendataria es el pago de la tasa, no obstante, lo que le podemos recomendar es que lo trate con la propiedad para alcanzar un acuerdo respecto a la bonificación. Saludos.
      Reply
  • Juan Carlos 4 años 127 días hace
    Hola, en mi primera factura del agua del piso de alquiler en el que estoy, el importe total viene a su vez desglosado en tres apartados con su importe total cada uno:

    1. Cuotas de abastecimiento y saneamiento.
    2. Cuota de servicio de basuras.
    3. Cuotas de servicio y consumo depuración.

    ¿Debo pagar los 3? porque en todos los años que llevo de alquiler nunca he visto una factura del agua que incluyera servicio de basuras, incluso el de depuración.

    En mi contrato pone;

    «Los servicios de gas, electricidad, agua, teléfono y cualesquiera otros que pudieran ser susceptibles de individualización mediante aparatos contadores serán de cuenta del arrendatario…»

    «Los gastos de comunidad serán por cuenta del arrendador, y los impuestos que graviten sobre la propiedad de la finca».

    No se nombra nada más al respecto.

    ¿Qué debo pagar entonces? ¿el total? ¿abastecimiento, saneamiento y depuración?

    Muchas gracias de antemano. Un saludo.
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 64 días hace
      Hola Juan Carlos, en virtud de lo dispuesto en el contrato le corresponde el abono. Saludos,
      Reply
  • Yolanda Montero 4 años 170 días hace
    Buenas tardes, tengo una duda, a ver si me podéis ayudar por favor.
    En mi contrato de alquiler pone EN LA CLAUSULA QUINTA: " GASTOS: serán a cargo del arrendatario los gastos de luz, gas y agua a partir de la entrada en vigor del contrato ".
    No hay ninguna otra clausula que se refiera a otro tipo de gastos. Ahora, revisando los recibos del agua, que emite la Comunidad, he visto que en todos los recibos bimensuales del agua se me detallan los siguientes gastos : Agua fria, agua caliente, Alcantarillado y Basura, cada apartado con su cantidad correspondiente. Mi pregunta es ¿La parte del alcantarillado y Basura me la debería de descontar la dueña del piso? ¿Si no se especifica en el contrato, estoy obligada a pagar todo??
    Espero su respuesta. Gracias anticipadas.
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 169 días hace
      Si el recibo no lo emite el consistorio entendemos que el desglose del que UD. nos habla que realiza la comunidad es por servicios prestados, por tanto, deberá consultar detenidamente el contrato y en el caso de que no se especifique nada, Ud será la responsable del pago del gasto en suministro y la propiedad del resto de pagos asociados a los servicios que concede la comunidad. Saludos.
      Reply
  • Víctor 4 años 177 días hace
    Víctor.
    Llevo alquilado desde 2013. La propietaria del piso me reclama todos los pagos de tasa de basura atrasados aunque en el contrato de alquiler no venía especificado de modo explícito (si agua, luz y otros gastos, tasas, impuestos susceptible de contador individualizado...). La propietaria aduce que cuando el contrato se realizó no existía dicha tasa y hace un año firme prórroga de dicho contrato en las mismas condiciones.
    ¿Puede reclamamle, por tanto, dicho pago?
    ¿Debería haber realizado ella un anexo al firmar la prórroga del contrato donde se especificará el cobro de dicha tasa?
    Gracias. Un saludo
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 169 días hace
      Hola Victor, lea con detalle el contrato y si especifica "tasa" Por otro lado, si acuerdan que el arrendatario será el encargado del abono de las basuras, es importante que quede por escrito. Saludos.
      Reply
  • Adela 4 años 194 días hace
    Hola, llevo desde mayo de 2015 viviendo en un piso de alquiler, renovando el contrato en 2018. Desde entonces yo me he hecho cargo del pago de los suministros (luz, agua, gas y teléfono) y el dueño de la comunidad y el IBI.
    Hace unos días he recibido una carta del propietario comunicándome una deuda por impago del impuesto de recogida de basuras... ¡desde mayo de 2015! El importe asciende a casi 300€. Hace mención a una clausula del contrato donde consta que el arrendatario se hará cargo de dicho impuesto. En la misma carta me dice que he de realizar el pago correspondiente mediante transferencia.
    Durante estos cuatro años no he recibido comunicación de esta deuda ni me ha enviado recibo alguno para su pago. Sinceramente, yo pensaba que era un concepto incluido en la comunidad... Entiendo que es un gasto que corre de mi cuenta, puesto que así figura en el contrato, pero mi pregunta es ¿puede reclamarme la totalidad de un importe correspondiente a cuatro años en un único pago, cuando en ningún momento me ha comunicado nada al respecto, importes, fechas..? (todos los recibos fueron abonados por el propietario en plazo)
    Gracias por anticipado.
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 178 días hace
      Hola Adela, al tratarse de un gravamen municipal tendrá que consultar con el consistorio la posibilidad del fraccionamiento. En todo caso, si en el contrato de arrendamiento queda especificado la responsabilidad del pago por parte del arrendatario, será Ud. la encargada del abono. Saludos.
      Reply
  • Alba 4 años 199 días hace
    Buenas!
    Acabo de alquilar un piso por primera vez y ando algo perdida.
    En mi contrato queda especificado que me encargo del impuesto de basuras. IBI, comunidad, etc es de los propietarios.
    Sin embargo, tengo una duda. ¿El importe de las basuras va en consonancia con las personas que residan en el domicilio y/o estén empadronadas?
    Actualmente viviremos mi pareja y yo pero por lo que he estado leyendo por internet, muchas veces el propietario no se “desempadrona” de la vivienda que ha puesto en alquiler, por lo que, debería aceptar cual fuera el importe en concepto de tasa de residuos? Es decir, si el propietario (que ha marchado a otra vivienda de alquiler) no se empadrona en dicha vivienda de alquiler y sigue empadronado en el piso que ahora tengo yo alquilado, constaremos más personas empadronadas y no sé si ello incrementa el importe de tasa de residuos.

    Gracias de antemano!
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 199 días hace
      Hola Alba, respecto a la tasa de basuras esta la regula el municipio donde se encuentre en inmueble por tanto, deberás de consultar con el ayuntamiento para conocer los varemos de su calculo. Normalmente lo que se tiene en cuenta, no es el nº de personas empadronadas sino la ubicación de la vivienda (dentro o fuera del núcleo urbano) y, las actividades económicas, por el tipo de actividad ejercida y la cantidad de residuos que puede generar, utilizándose para su cálculo los parámetros de superficie, categorías, nº habitaciones... No obste y tal y como le comentamos, acuda al consistorio para que se lo puedan aclarar. Saludos.
      Reply
      • Alba 4 años 199 días hace
        Muchísimas gracias! Han sido rápidos!!! Gracias!!
        Reply
  • Laura 4 años 245 días hace
    Hola, en nuestro caso el contrato está redactado así La renta pactada es de mensuales, pagaderos por adelantado en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta . Dentro de este importe se incluyen los gastos generales, tributos y servicios del inmueble, así como la Comunidad de Propietarios a excepción de los consumos de agua, electricidad y Gas y demás servicios privativos que las arrendatarias contraten previa autorización del arrendador que serán a cargo de las arrendatarias

    El año pasado nos dijeron en la inmobiliaria que había que pagarlo porque en Pontevedra se le llama servicio (y así viene en la factura servicio de..) y por lo tanto se considera una tasa y no un impuesto o algo así... y que por lo tanto lo pagamos nosotras ya que viene incluido en la factura del agua. Viendo lo que dice el contrato yo sigo entendiendo que lo tiene que pagar el propietario
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 242 días hace
      Hola Laura, lo mejor es que consultes con tu asesor inmobiliario y te aclare los pactos acordados entre tu como arrendataria y el arrendador. Saludos.
      Reply
  • Maria 4 años 257 días hace
    Hola! Escribia ya que mi casera me ha enviado el recibo de la basura para que se lo pague. El año pasado no me lo envio por lo que no lo he pagado anteriormente. En la clausula del contrato pone: “ los gastos generales pra el adecuado sostenimiento del inmueble, servicios, tributos, cargas y responsabilidades seran a cargo de la arrendadora. Los gastos por servicios con que cuente el inmueble arrendado, que se individualicen mediante aparatos contadores, seran en todo caso a cuenta de la arrendataria”
    Segun lo anterior yo entiendo que lo tiene que pagar ella, me lo podrian confirmar? Muchas gracias
    Reply
    • Alquiler Seguro 4 años 255 días hace
      Hola María, tal y como esta redactada la cláusula que nos especifica, es el propietario el que debe de abonar la tasa de basuras. Saludos.
      Reply

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