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Vivir de alquiler: el contrato de arrendamiento



Vivir de alquiler requiere muchos conocimientos, lo sabemos. Hoy queremos dedicar nuestro post a hablar del contrato de alquiler y todo lo que engloba ¿Te interesa? ¡Sigue leyendo!

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La ley

La Ley de Arrendamientos Urbanos es la legislación vigente sobre la que habrá de regirse el contrato de arrendamientos. Todas las clausulas, especificaciones y requerimientos tienen que cumplir con la normativa.

Ante cualquier duda que surja durante la vigencia del contrato de arrendamiento podrás recurrir a la LAU. Además, frente a cualquier problema o inconveniente, la ley te amparará.

Derechos y obligaciones

El contrato de arrendamiento será el documento principal de tu alquiler. En él se especificarán los derechos y obligaciones de propietario e inquilino. Por ejemplo, se especificará a quién le corresponden los pagos de los suministros o la comunidad de vecinos, o cuál de las dos partes llevará a cabo el mantenimiento del hogar.

Plazos

En el contrato de arrendamiento, además, se fijarán los plazos legales para las diferentes circunstancias que se puedan dar. Rescisión anticipada, recuperación de la vivienda, devolución de la fianza… Todo estará reflejado por escrito y con la conformidad de ambas partes.

Además, desde la última modificación de la ley, en tu contrato también vendrá especificado que transcurridos seis meses podrás romperlo y abandonar la vivienda. Si quieres irte de tu piso de alquiler en estas circunstancias, el propietario podrá quedarse con una parte proporcional de la fianza legal.

¿Tienes alguna duda sobre el contrato de arrendamiento? ¿Necesitas saber algo más? ¡Pregúntanos!





4 Comentarios

  • Javier Lorenzo 8 años 172 días hace
    la obligación minima de 3 años de arrendamiento que marca lla ley de 2013, tambien aplica para los arrendamientos previos a esta fecha o se mantiene la obligación previa de 5 años mínimos?
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    • Alquiler Seguro 8 años 170 días hace
      Buenas tardes Javier, Los contratos anteriores a 2013 mantienen la duración fijada de 5 años, para los posteriores a 2013, como bien dice, la duración es de 3 años.
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  • Rosana 8 años 193 días hace
    Estamos pensado alquilar un piso en un pueblecito cerca de Barcelona pero no sabemos cómo movernos en este tema Ni lo que tenemos que declarar a hacienda.. Nos podéis ayudar? gracias Rosana
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    • Alquiler Seguro 8 años 193 días hace
      ¡Hola Rosana! te hemos mandado un email para que nos des más información y poder solucionar tus dudas :-)
      Reply

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