El blog de Alquiler Seguro
El consejero delegado de Alquiler Seguro, Antonio Carroza, ha asegurado que "existe una oferta abismal de viviendas en alquiler", aunque sobre este mercado también sobrevuelan nubarrones judiciales. Carroza ha advertido de que "los juzgados que tramitan casos de impago y otros conflictos relacionados con el arrendamiento están muy saturados".
Gracias a la gran acogida de los propietarios en Catalunya, ya son tres las oficinas de atención al público que disponemos, dos en Barcelona y una en Sabadell.
Alquiler Seguro celebra el próximo viernes 16 a las 20.00 horas en Madrid, la segunda edición de la Gala Alquiler Seguro. En este acto público, Alquiler Seguro hará entrega del máximo galardón, el premio “Protección a Propietarios”, en el Hotel Husa Princesa de Madrid (c/Princesa, 40). En esta segunda edición, el premio ha recaído en el suplemento de vivienda “Su Vivienda”, de el diario El Mundo dirigido por Luís Martín de Ciria.
En relación a los procesos de desahucio por falta de pago, la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal (B.O.E. de 11 de octubre de 2011) incorpora la siguiente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Artículo cuarto Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, queda modificada en los siguientes términos:
Ante la medida adoptada por La Agencia Tributaria reclamando por carta la renta a arrendatarios cuyos caseros son morosos con la Administración, que ha sido publicado por El Mundo.es: ALQUILER SEGURO CONSIDERA QUE ESTA MEDIDA, “INTRODUCE MÁSELEMENTOS DE INSEGURIDAD EN EL MERCADO DEL ALQUILER”
Aunque la legislación actual protege más a los inquilinos en detrimento de los derechos de los propietarios (en caso de mororsidad, daños, vandalismo, etc…), al menos fiscalmente los arrendadores tienen grandes ventajas fiscales para poner su vivienda en el mercado de alquiler.